Solicitud de la ayuda de Kit Digital

¿Cuándo puedo acceder a las ayudas del programa Kit Digital?

La primera convocatoria se lanza el 15 de marzo y está dirigida al Segmento I de pymes, de entre 10 y 50 empleados. Desde ese día, puedes encontrar en la Sede Electrónica (https://sede.red.gob.es/) toda la información y los pasos necesarios para obtener tu bono digital. El resto de convocatorias se lanzarán más adelante y se especificará debidamente a los Segmentos a los que se dirige.

La ayuda de Kit Digital: el bono digital

¿Cuál es el importe del bono digital?

El importe del bono digital varía según el segmento de beneficiarios de las ayudas del Estado:

  • Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados: 12.000 euros.
  • Segmento II. Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000 euros.
  • Segmento III. Pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados: 2.000 euros.

¿Cuánto tiempo tengo para agotar el saldo del bono digital?

Tienes una plazo máximo de 6 meses desde que se te notifica que se te ha concedido la ayuda. Durante ese tiempo debes formalizar los acuerdos de prestación de servicios de digitalización con los agentes digitalizadores, las empresas que te brindarán dichos servicios y a las que puedes elegir libremente.

¿Podré emplear el bono digital en más de una categoría de soluciones digitales?

Sí. El programa Kit Digital está pensado para que puedas utilizar tu bono digital en tantas categorías de soluciones digitales como desees, teniendo como límite el importe de la ayuda digital que se te ha concedido. Pero solo puedes elegir a un agente digitalizador por servicio. Si quieres probar con varios agentes deben ser elegidos para distintas categorías de soluciones.

Eso sí, no podrás consumir tu ayuda para empresas en una única solución digital, debes escoger diferentes categorías.

Kit Digital: el catálogo de soluciones digitales

Kit Digital: acuerdo de prestación de soluciones digitales

¿Quiénes son los agentes digitalizadores?

Los agentes digitalizadores son los proveedores de las soluciones digitales habilitados dentro del programa Kit Digital para establecer acuerdos de prestación de soluciones de digitalización con pequeñas empresas, micropymes y autónomos. Son las únicas empresas autorizadas para prestar los servicios de digitalización del programa Kit Digital.

¿Cuáles son los plazos de implantación de la solución digital?

La prestación de los servicios o soluciones digitales por el agente digitalizador se realizará en dos fases:

  • La primera fase comprende un plazo máximo de 3 meses y se inicia con la validación del acuerdo de prestación de soluciones de digitalización. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución digital, así como el pago de la factura emitida por el agente digitalizador adherido a Kit Digital, previa conformidad de tu empresa.
  • La segunda fase o de mantenimiento de la solución digital comprenderá un plazo de 12 meses, a computar desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior. Pasado este periodo, el servicio de prestación de la solución digital llegará a su fin.

¿Cómo se abona el pago de la solución digital al agente digitalizador?

Con la formalización del acuerdo de prestación de soluciones de digitalización, tu empresa cederá el derecho a cobro del importe del bono digital al agente digitalizador adherido al programa Kit Digital.

El IVA, el Impuesto General Indirecto Canario y el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación incurrido en la adopción de soluciones digitales, también deberán ser abonados por tu empresa.